
¿Qué implica para México que EE.UU. reactive deportaciones a terceros países?
Estados Unidos puede volver a deportar a migrantes hacia países que no son el suyo, una práctica conocida como deportación a terceros países. Ayer, la Corte Suprema de Estados Unidos suspendió la sentencia de un juez federal que obligaba al gobierno de Donald Trump a avisar por escrito a cada persona a qué país sería enviada y a darle la oportunidad de alegar que ahí corría riesgo de tortura. La política seguirá operando al menos hasta que la Corte resuelva si es legal, después de la audiencia que fijó para diciembre.
La orden, dictada en el caso Department of Homeland Security v. D.V.D., concedió la suspensión que pidió el gobierno y, en el mismo acto, admitió el asunto a revisión de fondo, con lo que la sentencia del tribunal federal de Massachusetts queda congelada hasta que la Corte dicte la suya. La orden no firmada no expone razones; al pie consigna que las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson habrían negado la suspensión.
Para México la decisión no es ajena, porque el país es el destino de la mayor parte de estos traslados. Una investigación coordinada por la organización periodística Forbidden Stories con un consorcio de medios reveló que, al 31 de agosto, Estados Unidos había deportado a terceros países a por lo menos 25 mil 447 personas, de las cuales cerca de 20 mil fueron enviadas a territorio mexicano, y que Washington pactó la recepción con 35 gobiernos.
La Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Gobernación respondieron a ese consorcio que México no ha firmado un acuerdo con Estados Unidos para recibir a ciudadanos de otros países y que los acepta por razones humanitarias, con fundamento en la Ley de Migración. Quienes cumplen los requisitos pueden regularizarse ante el Instituto Nacional de Migración (INM) o pedir refugio a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, y el gobierno ofrece retorno asistido a quien decide volver a su país.
El gobierno estadounidense sostuvo ante la Corte, en voz del procurador ante la Corte (Solicitor General) John Sauer, que las deportaciones a terceros países son una herramienta para expulsar a extranjeros con condenas penales y que la reactivación del fallo lo obligó a cancelar un vuelo con 70 personas que iban a ser trasladadas a tres países distintos.
¿Cómo llegó el caso a la Corte Suprema por tercera vez?
Una deportación a un tercer país ocurre cuando Estados Unidos expulsa a una persona con orden de deportación definitiva hacia un país distinto del que señala esa orden, por lo general porque su país de origen no la acepta o porque un juez ya determinó que no puede regresar ahí sin riesgo. El gobierno de Trump amplió esa práctica tras la orden ejecutiva de enero de 2025 que instruyó al Departamento de Seguridad Nacional a ejecutar las órdenes de deportación pendientes.
En marzo de 2025, cuatro inmigrantes, entre ellos el identificado con el seudónimo D.V.D., demandaron en Massachusetts, y el juez federal Brian Murphy ordenó que antes de cada traslado se les avisara por escrito a qué país serían enviados y se les diera la oportunidad de alegar protección bajo la Convención contra la Tortura, el tratado que prohíbe enviar a una persona a un país donde probablemente sería torturada. La Corte Suprema suspendió esa orden el 23 de junio de 2025 y el 3 de julio precisó que la suspensión abarcaba también el caso de ocho hombres que el gobierno quería deportar a Sudán del Sur.
El 25 de febrero, Murphy dictó sentencia definitiva y anuló la política; el 18 de septiembre, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito confirmó en lo esencial ese fallo y el 23 de septiembre levantó la pausa que lo mantenía sin efecto, de modo que el gobierno volvió a la Corte Suprema por tercera vez en poco más de un año, y esta vez obtuvo la suspensión y la revisión de fondo en la misma orden.
Para diciembre, la Corte pidió a las partes argumentar si el juzgado de Massachusetts tenía jurisdicción, si podía dictar una resolución que ampara a toda una clase de inmigrantes y anular la guía administrativa del Departamento de Seguridad Nacional, y si esa guía viola la ley migratoria, el debido proceso o las normas contra la tortura; el fallo definitivo llegaría después de esa audiencia, con la política en operación mientras tanto.
¿Quién decide y dónde recae el costo?
La decisión que importa en la práctica ya se tomó: al suspender el fallo antes de estudiar el fondo, la Corte dejó que la política opere durante los meses que tome resolver si es legal, y cada semana de ese plazo se traduce en traslados que una sentencia final a favor de los demandantes no desharía por sí sola. El calendario de la deportación lo fijan la Casa Blanca y la mayoría de la Corte, no los países que reciben a las personas.
México decide otra cosa, que es si recibe y en qué condiciones, y la respuesta oficial ha sido recibir sin un documento firmado. El consorcio que dio seguimiento a estos traslados, integrado por Third Country Deportation Watch, Refugees International y Human Rights First, sostuvo que la recepción funciona por un entendimiento no escrito y que las autoridades no publican estadísticas ni lineamientos sobre los derechos de quienes llegan, de modo que no hay un texto que fije cuántas personas, de qué nacionalidades ni con cargo a qué presupuesto.
Las cifras que sí existen salieron de solicitudes de transparencia al INM: entre el 20 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el instituto registró al menos 12 mil 983 personas no mexicanas recibidas de Estados Unidos, encabezadas por 3 mil 753 cubanos y 3 mil 568 venezolanos, y entre enero y el 15 de junio de este año sumó otras 5 mil 504, de las cuales 2 mil 546 eran de Cuba y mil 966 de Venezuela.
La carga cae en la frontera. Human Rights Watch identificó cuatro rutas terrestres para estos traslados, de San Ysidro a Tijuana, por Nogales hacia Sonora, de El Paso a Ciudad Juárez y de Port Isabel a Matamoros, y desde ahí buena parte de las personas pasa a custodia del INM y es movida hacia Villahermosa y Tapachula. La decisión se toma entre Washington y la Ciudad de México, mientras que la atención inmediata recae en las ciudades de cruce, con un costo que ninguna de las dos partes ha hecho público.
Hechos clave
- El 29 de septiembre, la Corte Suprema de Estados Unidos suspendió la sentencia que obligaba a avisar por escrito a los migrantes antes de deportarlos a un tercer país; las juezas Sotomayor, Kagan y Jackson habrían negado la suspensión.
- La Corte escuchará los argumentos de fondo del caso Department of Homeland Security v. D.V.D. en su periodo de audiencias de diciembre.
- Una investigación coordinada por Forbidden Stories contabilizó al menos 25 mil 447 deportaciones a terceros países al 31 de agosto, cerca de 20 mil de ellas hacia México.
- La SRE y la Segob afirmaron que México no ha firmado un acuerdo con Estados Unidos y que recibe a estas personas por razones humanitarias.
- Registros del INM obtenidos por transparencia suman al menos 18 mil 487 personas no mexicanas recibidas entre el 20 de enero de 2025 y el 15 de junio de 2026.


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